Estas son algunas de las consultas más habituales que suelen hacernos nuestros clientes cuando les asesoramos en el proceso de contratación de un seguro de convenio.
Para ayudar a aquellas personas que tienen dudas sobre estos seguros, hemos dejado aquí el listado:
Se debe revisar la nómina para saber si el trabajador está o no asegurado. El seguro de convenio es salario en especie por lo que debe aparecer en la nómina pues el trabajador tributa por ello. El concepto es “Seguro de Convenio” y debe estar incluido en la base de cotización e IRPF en proporción a la prima que se paga por cada empleado.
El seguro de convenio cubre a todos los trabajadores dados de alta en el TC2. Es decir a los trabajadores por cuenta ajena que trabajan en la empresa, que han sido dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores en la empresa y reciben un salario mensual por medio de nómina.
El coste del seguro de convenio depende de 3 factores:
Consulta el precio del seguro de convenio desde aquí.
No, el coste de la inscripción obligatoria de la empresa en una mutua, la cual proporciona la asistencia sanitaria en caso de accidente de trabajo o enfermedad laboral, es ajeno al coste de este seguro de convenio.
Es obligatorio si el convenio colectivo por el que se rige tu empresa así lo especifica el convenio al que se acoge tu empresa. Para más información consulta nuestra publicación sobre si es obligatorio el seguro de convenio.
Sí, con el de Responsabilidad Civil Patronal u otros seguros como el de vida si el convenio colectivo también obliga.
El seguro de convenio está exclusivamente a cargo de la empresa si el convenio no especifica nada o de manera compartida con los trabajadores si el convenio así lo dice.